La energía en el futuro depende de claridad en las reglas y seriedad de las garantías
El esquema de Cargo por Confiabilidad que se adoptó desde el 2006 para asegurar el suministro de energía del país en el corto, mediano y largo plazo, ha permitido el emprendimiento de 16 nuevos proyectos con una capacidad de generación de 4.436 megavatios. Este esquema tiene como uno de sus pilares fundamentales las garantías de construcción.
Así lo explicó la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) al recordar que si el esquema de garantías se debilita se compromete el Cargo por Confiabilidad y por lo tanto la futura prestación del servicio de energía eléctrica, esencial para el desarrollo del país. "Los inversionistas construyen un proyecto por su cuenta y riesgo para respaldar las obligaciones de suministro de energía, aún en condiciones extremas como las del fenómeno de El Niño, y en contraprestación reciben una remuneración fija hasta por 20 años. La regulación contempla diversas opciones para manejar el riesgo y de esta manera lograr que se asegure el suministro de energía eléctrica en el país.", explicó la CREG. El esquema prevé garantías para asegurar la ejecución de los proyectos. En las subastas se seleccionan las propuestas de menor costo y una vez adjudicadas las obligaciones un auditor especializado hace seguimiento semestral a las obras verificando su avance. Si el auditor identifica incumplimiento, la CREG mediante actuación administrativa únicamente establece la existencia y los efectos de éste, garantizando el derecho de defensa.
En la subasta de 2008, en la que participaron 14 proyectos de generación, Empresas Públicas de Medellín (EPM) se comprometió a la construcción del proyecto PORCE IV y adquirió la Obligación de Energía Firme (OEF) a partir de diciembre de 2015 y el derecho a recibir el cargo. Para asegurar la construcción del proyecto EPM constituyó una garantía bancaria correspondiente al valor de un año del cargo. En la Regulación (Resoluciones CREG 071 de 2006 y 061 de 2007) se definió incumplimiento grave e insalvable como el atraso mayor a un año que se determina con el informe de auditoria del proyecto. EPM solicitó a la CREG el inicio de una actuación administrativa para declarar la ocurrencia de un evento eximente de responsabilidad en la construcción del proyecto PORCE IV (caso fortuito o fuerza mayor). La CREG, en el momento oportuno, dio respuesta a dichas peticiones y manifestó su falta de competencia para iniciar una actuación administrativa orientada a declarar un evento eximente de responsabilidad. En el informe de auditoria, realizado por la empresa Sedic, se concluyó la existencia de un incumplimiento grave e insalvable del proyecto PORCE IV. Por lo tanto la CREG inició una actuación administrativa y trasladó dicho informe a EPM, que aceptó las conclusiones del mismo. Para garantizar el debido proceso y el derecho de defensa, la CREG solicitó a EPM manifestar su aceptación para considerar o no, la información incluida en peticiones anteriores a la mencionada actuación administrativa. EPM guardó silencio sobre esta solicitud. La CREG expidió la Resolución 104 de 2011 en la que se determinaron probados los elementos fácticos que constituyen un incumplimiento grave e insalvable según la definición dada por la regulación. Como efecto del incumplimiento, las consecuencias previstas en la Regulación son: la ejecución de la garantía por parte de XM cuando la decisión esté en firme, la pérdida de la obligación y el cargo asociado a ésta. El 12 de octubre del 2011, EPM interpuso acción de tutela contra la CREG alegando violación al debido proceso. Esta acción se declaró improcedente en primera instancia por parte del Tribunal Superior de Medellín, Sala Penal; mediante fallo del 25 de octubre del 2011. En fallo del 14 de diciembre del 2011, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Medellín. EPM presentó recurso de reposición en contra de la Resolución CREG 104 de 2011, el cual fue resuelto por la Comisión, mediante la Resolución 184 de 2011 confirmando la decisión. La regulación contempla que el dinero de la garantía se destine a reducir la tarifa de los usuarios. |
Fecha de publicación 01/02/2012
Última modificación 09/12/2022