Distribuidores de GLP tienen plazo hasta el 30 de abril para presentar nuevo plan de inversiones
Bogotá, abril 6 de 2009. Los distribuidores de Gas Licuado de Petróleo (GLP) deben reportar antes del 30 de abril de 2009 el nuevo Plan de Inversiones.
Así lo estableció la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) mediante la circular 012 de 2009, en la cual advierte que la Comisión y la Superintendencia de Servicios Públicos (SSPD) pondrán a disposición de los Distribuidores la aplicación del SUI necesaria para reportar esta información Una vez venza el plazo para presentar el Plan, la CREG señalará mediante Resolución las metas que corresponden a cada una de las empresas Distribuidoras Inversionistas y su cumplimiento será vigilado por la SSPD. "Para aquellas empresas que, vencido el plazo del 30 de abril de 2009, no hayan reportado el Nuevo Plan de Inversiones, la CREG distribuirá las metas del período octubre 2008-marzo 2009 asignadas en la Resolución CREG 101 de 2008, entre los períodos restantes en proporción a las cantidades asignadas a cada uno de estos períodos en esa misma Resolución", dijo el director de la CREG, Hernán Molina Valencia. De igual forma recordó que los distribuidores de GLP deben cumplir con las metas individuales de recolección de cilindros universales del Programa REPU programadas para los períodos abril-octubre 2009; noviembre 2009-mayo 2010; y junio- diciembre 2010. "Se eliminó la obligatoriedad del cumplimiento de las metas de recolección correspondientes al primer periodo, octubre 2008 - marzo 2009, pero que las demás siguen vigentes", aclaró el Experto Comisionado. En tal sentido la CREG considera conveniente que los Distribuidores a quienes se les establecieron metas de recolección en la Resolución CREG 101 de 2008 reporten los ajustes que consideren necesarios a su Plan de Inversiones. El plan deberá reflejar los tiempos en los cuales las empresas Distribuidoras planean ejecutar las metas no realizadas durante el primer período. La Comisión aclaró que las metas establecidas en la Resolución CREG 101 de 2008 no podrán ser modificadas en el Nuevo Plan de Inversiones, es decir, los distribuidores deberán cumplir con la cantidad total de cilindros a recolectar y reemplazar por cilindros marcados. El Plan de Inversiones deberá presentarse indicando el número de cilindros que se propone ingresar al parque en cada período, según el tamaño (agrupando por un lado cilindros de 20, 33 y 40 libras, y por otro lado cilindros de 77 y 100 libras) y el tipo de cilindro (Nuevo o Adecuado). "Todas las metas recibidas en cesión por un Distribuidor con fecha posterior a la expedición de la Resolución CREG 101 de 2008 deberán reportarse en un Plan de Inversiones independiente, indicando el nombre del Distribuidor cedente", puntualizó el director. Las cesiones que ya hayan sido debidamente soportadas a la CREG con anterioridad al 1 de abril de este año, deben también ser incluidas en el nuevo Plan de Inversiones pero no requieren el envió de la documentación correspondiente pues ésta ya reposa en los archivos de la Comisión. |
Fecha de publicación 06/04/2009
Última modificación 13/12/2022