ABC del nuevo esquema de comercialización de GLP (primera parte)
Bogotá, marzo 18 de 2009. Con el fin de que los usuarios de Gas Licuado de Petróleo (GLP) o gas en cilindros, conozcan de forma detallada en qué consiste el nuevo esquema de comercialización, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) realizó un ABC que responde a las principales inquietudes.
Para facilitar la consulta se presentará el ABC en dos entregas dado el volumen de preguntas formuladas.
En esta primera parte el lector podrá conocer por qué se realiza el cambio del esquema, cuáles son los principales beneficios para los usuarios, hasta cuándo hay plazo de cambiar el cilindro y cuánto cuesta.
Adicionalmente, los interesados pueden consultar en la página web de la Comisión (http://www.creg.gov.co/) la cartilla didáctica del nuevo esquema. Para ello accede al menú que aparece al costado izquierdo y da click en sala de prensa. Allí saldrán cinco opciones. Una de ellas es publicaciones, donde encontrará la revista. ¿CUÁL ES EL CAMBIO? Actualmente, los usuarios de GLP compran los cilindros y por esta razón son de su propiedad. Sin embargo, se intercambian permanentemente cilindros vacíos por cilindros llenos con las empresas y/o los demás usuarios. Es decir todos los cilindros son usados por todas las empresas y por todos los usuarios, sin distinción. A esto se le conoce como "Cilindros de Parque Universal".El cambio consiste en que los cilindros van a ser de propiedad exclusiva de las empresas. Por consiguiente todos los cilindros deben estar marcados con el logo del GLP y el de la empresa propietaria, que será la responsable de la calidad, el servicio y la seguridad del suministro de este combustible. Los usuarios ahora deben conocer y exigir la identificación de la empresa que les suministra el GLP.
¿POR QUÉ CAMBIA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GLP? El cambio se realiza para que el usuario reciba un mejor servicio y con mayor seguridad gracias a que habrá mucho más control sobre las empresas.El esquema que estaba funcionando no incentivaba el adecuado manejo y correcto mantenimiento de los cilindros, porque finalmente todos los cilindros le pertenecían a todos. En otras palabras, la falta de identidad en la propiedad del cilindro permitía que cualquier persona distribuyera este combustible, lo que creaba una competencia sin reglas que muchas veces ponía en riesgo la calidad del producto y la seguridad del usuario. Por estas razones la Ley estableció un nuevo esquema de prestación del servicio de GLP, que es importante conocer para que el usuario defienda sus derechos y conozca sus obligaciones
¿QUÉ DEBE HACER EL USUARIO PARA HACER ESTE CAMBIO? Debe vender su cilindro universal a las empresas.
¿A QUÉ PRECIO DEBE VENDER EL USUARIO SU CILINDRO? Al precio determinado por la CREG. Los precios vigentes hasta el 31 de marzo DE 2009 son: para el caso de los cilindros de 20,33 y 40 libras de $59.981, para los de 77 libras de $140.925 y para los de 100 libras de $153.537.
¿QUÉ PASA SI EL CILINDRO NO ESTÁ EN BUENAS CONDICIONES? ¡No importa! La empresa tiene la obligación de comprarlo al precio establecido, sin importar las condiciones en las que se encuentre el cilindro.
¿QUÉ PASA SI LA EMPRESA LE OFRECE MENOS DINERO AL USUARIO? El precio establecido por la CREG es un precio mínimo único, por eso si la empresa le ofrece al usuario menos dinero éste debe negarse a venderlo cilindro y denunciarlo ante las autoridades.
¿A QUÉ EMPRESA DEBE VENDER EL USUARIO SU CILINDRO? A la empresa de servicios públicos de GLP que el usuario quiera.
¿PUEDE EL USUARIO VENDER SU CILINDRO A OTRA PERSONA QUE NO SEA UNA EMPRESA? Sí. El usuario puede vender su cilindro a quien quiera, sin embargo debe tener en cuenta que para terceras personas que no son empresas de servicios públicos registradas ante las autoridades respectivas, el precio no es establecido ni controlado por parte de las autoridades.
¿CUÁNDO PUEDE EL USUARIO HACER EL CAMBIO? El cambio comenzó a hacerse el 1 de octubre de 2008 y tendrá plazo para hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2010.
¿QUÉ PASA DESPUÉS DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2010? Después del 31 de diciembre de 2010 ninguna persona podrá distribuir GLP a través de cilindros universales (sin marca). Quien lo haga estará incumpliendo la Ley y la regulación.
Adicionalmente, después de esta fecha la empresa no tendrá la obligación de comprarte el cilindro al precio establecido.
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Fecha de publicación 18/03/2009
Última modificación 13/12/2022