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Persona encargada de la administración, la gestión comercial, la planeación, la expansión, la operación y el mantenimiento de todo o parte de la capacidad de un Sistema de Distribución. Los activos utilizados pueden ser de su propiedad o de terceros. (Fuente. R. CREG-011-2003; Art. 2)

TÉRMINOorden ascendente DEFINICIÓN
ZONAS ESPECIALES

Son aquellas zonas definidas en el Decreto 4978 del 2007. (Fuente: R. CREG - 097 - 2008. Art 1)

ZONA NO INTERCONECTADA (ZNI)

Para todos los efectos relacionados con la prestación del servicio público de energía eléctrica se entiende por Zonas No Interconectadas a los municipios, corregimientos, localidades y caseríos no conectadas al Sistema Interconectado Nacional, SIN. (Fuente: R.CREG - 160- 2008; Art 2)

VOLUMEN UTIL DEL EMBALSE

Volumen almacenado entre el Nivel Mínimo Técnico y el Nivel Máximo Físico. (Fuente: R. CREG-116-1996; Anexo 4 - R. CREG-074-2002; Art. 1)

VOLÚMEN ÚTIL

Es el volumen de agua resultante de la diferencia entre el máximo físico y el nivel mínimo físico del embalse. (R. CREG-025-1995; Anexo)

VOLUMEN MUERTO DEL EMBALSE

Volumen de agua almacenado por debajo del Nivel Mínimo Físico. (Fuente: R. CREG-116-1996; Anexo 4 - R. CREG-074-2002; Art. 1)

VOLUMEN MÍNIMO TÉCNICO

Volumen entre el Nivel Mínimo Técnico y el Nivel Mínimo Físico. (Fuente: R. CREG-116-1996; Anexo 4 - R. CREG-074-2002; Art. 1)

VOLUMEN MÁXIMO TÉCNICO

Para todos los efectos de modelación, se define como el volumen almacenado en el embalse por encima del Nivel Mínimo Físico y equivale a la suma del Volumen Mínimo Técnico y Volumen Útil del embalse. (Fuente: R. CREG-116-1996; Anexo 4 - R. CREG-074-2002; Art. 1)

VOLUMEN ESTÁNDAR DE GAS NATURAL

Es aquel volumen de gas, real y seco (que cumpla las especificaciones del RUT, en cuanto a concentración de vapor de agua) referido a una presión absoluta de 14.65 psi (1.01 bar absoluto) y 60°F (15.56 oC). (Fuente. R. CREG-041-2008; Art. 2; R. CREG-071-1999; Cap. I. Núm. 1.1)

VOLUMEN DE ESPERA

Es el espacio reservado en el embalse para amortiguar determinadas crecientes de los ríos que alimentan el embalse. (Fuente: R. CREG-025-1995; Anexo)

VIDA ÚTIL NORMATIVA

Período de tiempo fijado en 20 años, considerado como vida útil de un activo, contados a partir de la fecha de entrada en operación del mismo. (Fuente. R. CREG-001-2000; Art. 2)

VIDA ÚTIL

Período de tiempo fijado regulatoriamente en 20 años durante el cual los activos son operados y mantenidos para prestar adecuadamente la función para la cual fueron diseñados y construidos. (Fuente: Res. CREG-122/08, Art. 1).

VIABILIDAD EMPRESARIAL

Se entiende por viabilidad empresarial la capacidad que tiene una empresa para cumplir con sus obligaciones actuales y para generar los recursos que permitan realizar las inversiones que se necesitan para garantizar un nivel adecuado de servicio a los usuarios finales, al mismo tiempo que se genera la rentabilidad adecuada para remunerar las inversiones realizadas. (Fuente: R. CREG-038-1996; Art. 1)

VIABILIDAD DE UNA ACTIVIDAD

Para cada una de las actividades involucradas en la prestación del servicio de energía eléctrica, se entiende por viabilidad empresarial la capacidad que tiene dicha actividad para cumplir con sus obligaciones actuales esto es, aquellas que le han sido asignadas en el proceso de separación por actividad según lo indicado en esta resolución, y para generar los recursos que permitan realizar las inversiones que se necesitan para garantizar un nivel adecuado de servicio a los clientes de dicha actividad, al mismo tiempo que se genera la rentabilidad adecuada para remunerar las inversiones realizadas. (Fuente: R. CREG-038-1996; Art. 1)

VENTAS

Se entiende como la totalidad de la energía eléctrica facturada en el Área de Servicio Exclusivo. (Fuente: Resolución CREG - 161 de 2008; Art 2)

VENTANAS DE MANTENIMIENTO

Es el intervalo de tiempo (horas), dentro del cual se puede adelantar o atrasar el inicio de un mantenimiento preventivo requerido por una línea, transformador o unidad de generación. (Fuente: R. CREG-025-1995; Anexo)

VARIACIONES DE CORTA DURACIÓN

Los fenómenos transitorios cubiertos por el indicador PST a que se refiere esta resolución, son, entre otros, los que se relacionan en la siguiente tabla, basada en el Estándar IEEE 1159 [1995]: (Fuente: R. CREG-024-2005; Art. 1)

VARIACIÓN DE SALIDA

Valor absoluto de la diferencia entre la Cantidad de Energía Confirmada y la Cantidad de Energía Tomada en cada hora por el Remitente, o en cada día para el caso de distribuidores. (Fuente. R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)

VARIACIÓN DE ENTRADA

Valor absoluto de la diferencia entre la Cantidad de Energía Confirmada y la Cantidad de Energía Entregada en cada hora por el Remitente, o en cada día para el caso de Distribuidores. (Fuente. R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)

VARIACIÓN ACUMULADA DEL INDICE DE PRECIOS

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Es el cambio porcentual entre dos períodos definidos, resultante de establecer la división entre el número índice del período más reciente sobre el número índice del período desde donde se desea medir la variación. (Fuente: R. CREG-112-2001; Art. 1)

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VALOR PATRIMONIAL A PRECIOS DE MERCADO

El resultado de evaluar a precios de mercado el valor que tiene el patrimonio de una empresa o el que se le haya asignado a una actividad, medido a través del valor presente del flujo de caja libre descontado, tal y como se presenta en el anexo 1 de esta resolución. (Fuente: R. CREG-038-1996; Art. 1)

VALOR ESPERADO DE RACIONAMIENTO DE POTENCIA A CORTO PLAZO (VERPC)

Es el racionamiento esperado de potencia evaluado para períodos de una hora. (Fuente: R. CREG-025-1995; Anexo)

VALOR ESPERADO DE RACIONAMIENTO DE POTENCIA (VERP)

Es el racionamiento promedio esperado de potencia en un mes determinado y se expresa en (MW) o en porcentaje de la demanda de potencia mensual. (Fuente: R. CREG-025-1995; Anexo)

VALOR ESPERADO DE RACIONAMIENTO DE ENERGÍA ESTACIONAL

Es la suma en (GWh) del valor esperado de racionamiento de energía (VERE) para todos los meses de la estación. (Fuente: R. CREG-025-1995; Anexo)

VALOR ESPERADO DE RACIONAMIENTO DE ENERGÍA CONDICIONADO (VEREC)

Es el racionamiento promedio de energía de los casos con déficit en un mes determinado y se expresa en (GWh) o en porcentaje de la demanda mensual de energía. (Fuente: R. CREG-025-1995; Anexo)

VALOR ESPERADO DE RACIONAMIENTO DE ENERGÍA (VERE)

Es el racionamiento promedio esperado de energía en un mes determinado y se expresa en (GWh) o en porcentaje de la demanda mensual de energía. (Fuente: R. CREG-025-1995; Anexo)

VALOR ESPERADO DE RACIONAMIENTO

Es el índice de confiabilidad de suministro de demanda que se obtiene como la sumatoria, para todos los casos considerados, del producto entre la magnitud del déficit en cada caso y la probabilidad de ocurrencia del caso. (Fuente: R. CREG-025-1995; Anexo)

VALOR DEL SERVICIO

Es el resultado de aplicar la tarifa por unidad de consumo a las cantidades consumidas durante el período de facturación correspondiente, más el cargo fijo, si la fórmula tarifaria específica lo incluye. El valor equivale al costo y es la base para el cálculo de la contribución pagada por los consumidores obligados a ella, de acuerdo con la Ley 142 de 1994. (Fuente. R. CREG-057-1996; Art. 1)

USUARIOS DE LOS STR O SDL

Son los Usuarios finales del servicio de energía eléctrica, Operadores de Red y Generadores conectados a estos sistemas. ( Fuente: R. CREG - 097 - 2008; Art 1)

USUARIO REGULADO

Persona natural o jurídica cuyas compras de electricidad están sujetas a tarifas

USUARIO NO REGULADO

Para todos los efectos regulatorios, es una persona natural o jurídica con una demanda máxima superior a un valor en MW o a un consumo mensual mínimo de energía en MWh, definidos por la Comisión, por instalación legalizada, a partir de la cual no utiliza redes públicas de transporte de energía eléctrica y la utiliza en un mismo predio o en predios contiguos. Sus compras de electricidad se realizan a precios acordados libremente entre el comprador y el vendedor. (Fuente: R. CREG-122-2003; Art. 1)

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