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Estimación de los costos en los que incurre la empresa, incluyendo los costos de oportunidad que se derivan de no usar ese dinero u otros factores de producción a su alcance en otros propósitos alternativos. (Fuente. R. CREG-057-1996; Art. 1)

TÉRMINO DEFINICIÓN
PROGRAMA ICMA

Programa de Introducción de Cilindros Marcados definido por cada Distribuidor Inversionista de acuerdo con su Plan de Inversiones. (Fuente: Res CREG-045/08, Art. 1).

PROGRAMA QUINQUENAL DE INVERSIONES

Conjunto de inversiones que proyecta realizar la empresa a cargo de los servicios de CND, ASIC y LAC para prestar exclusivamente las actividades reguladas del CND, ASIC y LAC durante el Período Tarifario. (Fuente: R. CREG-081-2007; Capítulo I )

PROGRAMA REPU

Programa de Recolección y Eliminación del Parque Universal de Cilindros diseñado por la CREG mediante el establecimiento de metas individuales de recolección a fin de garantizar su reemplazo por cilindros marcados, propiedad de los Distribuidores Inversionistas, antes de la fecha de finalización del Período de Transición. (Fuente: Res CREG-045/08, Art. 1).

PROPONENTE

Se entiende por proponente, una persona natural o jurídica, un consorcio o una unión de ellas, que presenta una oferta en un proceso de convocatoria pública para la expansión del STN. (Fuente: R. CREG-022-2001; Art. 1)

PROTOCOLO DE LA SUBASTA

Plan detallado, establecido por la CREG, que contiene los parámetros y demás aspectos necesarios para la realización de la Subasta. (Fuente: R. CREG-071-2006; Art. 2)

PST (PERCIBILITY SHORT TIME)

Es un indicador de la perceptibilidad de un equipo o sistema, ante fluctuaciones de tensión durante un período de tiempo corto (10 minutos), obtenido de forma estadística a partir del tratamiento de la señal de tensión. La forma de calcularlo se define en el Estándar IEC-61000-4-15 (2003-02). (Fuente: R. CREG-024-2005; Art. 1)

PUERTA DE CIUDAD

Ver la definición. ESTACIÓN REGULADORA DE PUERTA DE CIUDAD O PUERTA DE CIUDAD

PUNTO DE CONEXIÓN

Es el punto de conexión eléctrico en el cual el equipo de un usuario está conectado a un STR y/o SDL para propósito de transferir energía eléctrica entre las partes. (Fuente: R. CREG-070-1998; Anexo)

PUNTO DE CONEXIÓN AL STN

Es un barraje o cualquier tramo de una línea de transmisión perteneciente al STN, con tensión igual o superior a 220 kV, al cual se encuentra conectado o proyecta conectarse un generador, un Transmisor Nacional, un Usuario No Regulado o un Operador de Red de STR y/o SDL. (Fuente: R. CREG-022-2001; Art. 1)

PUNTO DE CONEXIÓN DE UN CIRCUITO SUBNORMAL

Es el punto de conexión eléctrico entre un Circuito Subnormal y el STR o SDL de donde se alimenta. (Fuente: R. CREG-120-2001; Art. 2)

PUNTO DE ENTRADA

Punto en el cual se inyecta el gas al Sistema de Transporte desde la Conexión del respectivo Agente. El Punto de Entrada incluye la válvula de conexión y la "T" u otro accesorio de derivación. (Fuente. R. CREG-041-2008; Art 1; R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)

PUNTO DE ENTREGA DEL TRANSPORTADOR

Punto físico en el cual existe una válvula de corte y un equipo de medición y se realiza la transferencia de custodia del producto del Transportador al Remitente. (Fuente: Res. CREG-122/08, Art. 1).

PUNTO DE MEDICIÓN

Es el punto de conexión eléctrico del circuito primario del transformador de corriente que está asociado al punto de conexión, o los bornes del medidor, en el caso del nivel de tensión I. (Fuente: R. CREG-070-1998; Anexo)

PUNTO DE RECIBO DEL TRANSPORTADOR

Punto físico en el cual existe una válvula de corte y un equipo de medición y se realiza la transferencia de custodia del producto del Remitente al Transportador. (Fuente: Res. CREG-122/08, Art. 1).

PUNTO DE ROCÍO DE HIDROCARBUROS

Es la temperatura a la cual empieza a aparecer líquido condensado de hidrocarburos. No hay condensación a temperaturas superiores al punto de rocío. Cuando la temperatura cae por debajo del punto de rocío, cada vez se forma más líquido condensado. Los puntos de rocío de hidrocarburos dependen de la composición del gas natural y de la presión a la cual esté sometido dicho gas. (Fuente. R. CREG-054-2007; Art. 1; R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)

PUNTO DE SALIDA

Punto en el cual el Transportador inyecta el gas a la Conexión del respectivo Agente. El Punto de Salida incluye la válvula de conexión y la "T" u otro accesorio de derivación. (Fuente. R. CREG-041-2008; Art 1; R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)

PUNTO DE TRANSFERENCIA

Punto en el cual se realiza la transferencia física de gas entre dos Sistemas de Transporte y a partir del cual el transportador que recibe el gas asume la custodia del mismo. (Fuente. R. CREG-084-2000; Art. 1)

PUNTO DE TRANSFERENCIA DE CUSTODIA

Es el sitio donde se transfiere la custodia del gas entre un Productor-Comercializador y un Transportador; o entre un Transportador y un Distribuidor, un Usuario No Regulado, un Almacenador Independiente, un Usuario Regulado atendido por un Comercializador (no localizado en áreas de servicio exclusivo), una Interconexión Internacional, entre dos Transportadores, y a partir del cual el Agente que recibe el gas asume la custodia del mismo. (Fuente. R. CREG-041-2008; Art 1; R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)

PUNTO DE VENTA DE CILINDROS DE GLP

Instalación para la venta de cilindros de GLP a usuarios finales, localizada dentro de los predios de otro establecimiento comercial no dedicado exclusivamente a esa actividad, el cual ha sido autorizado para el efecto por el Ministerio de Minas y Energía y cuenta con la aprobación vigente de las autoridades competentes. (Fuente: Res. CREG-023/08, Art. 1).

RACIONAMIENTO DE EMERGENCIA

Déficit originado en una limitación técnica, causada por la pérdida en tiempo real de operación de una o varias unidades o plantas de generación, o la salida forzada de activos de transporte de energía, que implican que no es posible cubrir la demanda total esperada del Sistema Interconectado Nacional con cobertura regional o nacional. (Fuente: R. CREG-119-1998; Art. 1)

RACIONAMIENTO PROGRAMADO

Déficit originado en una limitación técnica identificada (incluyendo la falta de recursos energéticos) o en una catástrofe natural, que implican que el parque de generación es insuficiente para cubrir la demanda total esperada del Sistema Interconectado Nacional. (Fuente: R. CREG-119-1998; Art. 1)

RACIONAMIENTO PROGRAMADO CON COBERTURA REGIONAL

Déficit originado en una limitación técnica identificada o en una catástrofe natural, que implica que el parque de generación es insuficiente para cubrir la demanda total esperada del Sistema Interconectado Nacional y no es técnicamente posible distribuir el déficit a nivel nacional. (Fuente: R. CREG-119-1998; Art. 1)

RAMAL

Derivación de un gasoducto, sistema o subsistema de gasoductos, generalmente de poca longitud y con un destino definido. (Fuente. R. CREG-057-1996; Art. 1)

RAMPA DE AUMENTO (UR)

Es la máxima energía expresada en (MWh) que un recurso de generación puede aumentar en dos horas consecutivas. (Fuente: R. CREG-009-2003; Art. 1)

RAMPA DE DISMINUCIÓN (DR)

Es la máxima energía expresada en (MWh) que un recurso de generación puede disminuir en dos horas consecutivas. (Fuente: R. CREG-009-2003; Art. 1)

RANGO DE TOLERANCIA

Porcentaje de la Capacidad de un gasoducto dentro del cual se admiten Variaciones de Entrada y Salida, sin perjuicio de las compensaciones que establece este Reglamento. (Fuente. R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)

RECLAMACION A LA FACTURACION MENSUAL

Documento mediante el cual un agente presenta al ASIC o al LAC observaciones a la factura mensual o a los ajustes a la factura, con el fin de que se aclare, modifique o revoque. (Fuente: R. CREG-084-2007; Art. 1)

RECONCILIACIÓN

Proceso de ajuste a la facturación del Servicio de Transporte, una vez se disponga de las mediciones reales de un Remitente. (Fuente. R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)

RECONEXION DEL SERVICIO

Restablecimiento del suministro del servicio público cuando previamente se ha suspendido. (Fuente: R. CREG-108-1997; Art. 1)

RED DE SERVICIO

Constituida por cada cable portador de voz y/o datos y su infraestructura asociada. (Fuente: R. CREG - 071- 2008; Art 1)

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