CREG regula cargo para el servicio de transporte interrumpible de gas natural
Con el fin de contribuir a un pleno abastecimiento de gas natural a todos los consumidores del país, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) expidió la Resolución 130 de 2009 mediante la cual regula el cargo para el servicio de transporte interrumpible de gas natural.
De acuerdo con la norma el cargo que se cobra por el servicio de transporte interrumpible de gas ya no será libre, sino que lo regulará la Comisión. "Los cargos máximos de transporte por servicio interrumpible, por parte del transportador y cualquier otro agente, serán los cargos regulados vigentes aprobados por la Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG, para cada Sistema de Transporte, correspondientes a la pareja de cargos cero (0) fijo y cien (100) variable", dice la Resolución. Es decir, el precio del transporte para los contratos interrumpibles de gas natural, que hasta la fecha estaba libre y lo podían acordar entre el transportador y el remitente; ahora será regulado. "Esta medida es complemento de las adoptadas por el Ministerio para garantizar el pleno abastecimiento de gas a todos los consumidores del país", dijo el director de la CREG, Hernán Molina Valencia. El precio del servicio de transporte interrumpible que se regula es igual al precio máximo que se determina para los contratos en firme. "Es importante aclarar que esta medida es transitoria, mientras existe esta condición excepcional que ha determinado el Ministerio de Minas y Energía de Racionamiento Programado decretado mediante la Resolución 18 1654 de 29 de septiembre de 2009", explicó el director de la CREG. |
Fecha de publicación 14/10/2009
Última modificación 23/11/2022