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| Este documento es de carácter puramente informativo y no sustituye la normatividad vigente expedida por la CREG. |
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| Características generales del Mercado Mayorista |
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El MEM está conformado por un conjunto de sistemas de intercambio de información entre los generadores y los comercializadores que operan en el SIN, que permite a estos agentes realizar sus transacciones de compra y venta de electricidad tanto de corto como de largo plazo.
En este mercado se transa toda la energía que se requiere para abastecer la demanda de los usuarios conectados al SIN, representados por los comercializadores, y que es ofertada por los generadores que conectan sus plantas o unidades de generación a dicho Sistema.
Son agentes del MEM los generadores y los comercializadores. Los generadores están obligados a participar en el MEM con todas sus plantas o unidades de generación conectadas al SIN y con capacidad mayor o igual a 20MW, las cuales deben ser despachadas centralmente por el CND. Todos los comercializadores que atiendan usuarios finales conectados al SIN están obligados a realizar sus transacciones de energía a través del MEM.
Las transacciones en el MEM se efectúan bajo estas modalidades:
| i) |
Transacciones horarias en la bolsa de energía |
| ii) |
Contratos bilaterales financieros de energía |
| iii) |
Subastas para la asignación de Obligaciones Energía Firme, del Cargo por Confiabilidad, que sustituyó al Cargo por Capacidad [ * ], y que será presentado con mayor detalle en las siguientes secciones. |
Cualquier generador que ingrese a este mercado puede desarrollar la actividad de generación mediante su participación libre, en igualdad de condiciones, en cualquiera de estas transacciones o en todas ellas.
Este esquema operativo, así como las reglas de funcionamiento y participación han permanecido estables desde la entrada en operación del MEM, incorporando solamente las modificaciones necesarias para promover la competencia y la eficiencia en el mercado.
Desde su regulación inicial en 1996, para el anterior Cargo por Capacidad se definió un periodo de vigencia de 10 años que culminó el 30 de noviembre de 2006. Una vez vencido este periodo, y después de un proceso de aproximadamente dos años de estudios, propuestas y discusión con la industria y demás interesados, se sustituyó dicho Cargo por el actual Cargo por Confiabilidad aplicable desde el 1º de diciembre de 2006.
Transacciones en el MEM
| * |
Mecanismo de remuneración administrada de la capacidad de generación, que garantizaba un ingreso fijo anual por megavatio instalado, y que en promedio remuneró 500 millones de dólares cada año al conjunto de generadores por mantener disponibles sus activos de generación. |
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